El Ejecutivo promulgó la Ley 32105, que establece que la licencia otorgada por la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu) a las universidades será de carácter permanente. Esta medida modifica los artículos 13 y 47 de la Ley Universitaria 30220, y también incluye la modalidad de educación a distancia.
La nueva ley dispone que la licencia será permanente, siempre y cuando las universidades demuestren el cumplimiento continuo de las condiciones básicas de calidad. La normativa también estipula que, aunque la licencia sea indefinida, las universidades estarán sujetas a evaluaciones periódicas y sin previo aviso por parte de la Sunedu para garantizar la calidad educativa y la transparencia en el uso de recursos públicos.
En cuanto a la educación a distancia, la Ley 32105 permite que hasta el 100% de los créditos académicos puedan ser obtenidos mediante esta modalidad, siempre y cuando se utilicen tecnologías de información y comunicación certificadas. Sin embargo, se excluyen de esta modalidad aquellas carreras que requieran prácticas presenciales.
La Sunedu ha expresado su oposición a la norma, argumentando que la eliminación de la necesidad de renovación periódica de las licencias podría reducir los incentivos para que las universidades continúen mejorando sus estándares de calidad.