JEE de Morropón califica como inconstitucional una posible reelección encubierta de RICHARD BACA

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JEE de Morropón califica como inconstitucional una posible reelección encubierta de RICHARD BACA
JEE de Morropón califica como inconstitucional una posible reelección encubierta de RICHARD BACA

El Jurado Electoral Especial (JEE) de Morropón excluyó la candidatura de Richard Baca Palacios, último alcalde de esta localidad piurana, al considerar que su postulación como primer regidor podía permitirle regresar de manera inmediata a la alcaldía. El organismo electoral sostuvo que este escenario vulneraría la prohibición constitucional de reelección inmediata.

¿Cómo podía Baca volver a la alcaldía?

Baca Palacios integraba la lista de Alianza para el Progreso (APP) como primer regidor. El candidato originalmente inscrito para la alcaldía, Ricardo César Espinoza Nima, renunció el 27 de julio. Al mantenerse la lista en competencia sin candidato a alcalde, Baca quedaba en posición de asumir el cargo si la agrupación ganaba las elecciones.

Para el JEE de Morropón, esta situación no podía analizarse únicamente de manera aislada. Si bien la legislación permite que un alcalde postule a regidor y también contempla que una lista continúe en competencia después de la renuncia de su candidato a alcalde, la combinación de ambas circunstancias podría terminar produciendo la continuidad inmediata de la misma autoridad.

El argumento constitucional

El organismo electoral señaló que este resultado entraría en conflicto con el artículo 194 de la Constitución, que prohíbe la reelección inmediata de alcaldes. También invocó el artículo 103, referido a la prohibición del abuso del derecho.

Según la resolución, no sería necesario demostrar que Baca Palacios tuvo la intención expresa de conseguir una reelección. Para el JEE, lo determinante es el resultado objetivo que podría producir la fórmula electoral: que el exalcalde vuelva a ocupar inmediatamente el mismo cargo.

Por ello, el JEE de Morropón exhortó al Jurado Nacional de Elecciones (JNE) a establecer criterios uniformes para resolver este tipo de casos. La preocupación surge porque una misma estrategia electoral podría recibir decisiones diferentes dependiendo del Jurado Electoral Especial que revise cada candidatura.

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El caso de Rafael López Aliaga

La resolución de Morropón cobra especial relevancia por las similitudes con la candidatura de Rafael López Aliaga en Lima. El actual alcalde de la capital encabeza la lista de Renovación Popular después de que Luis Rubio renunciara a la candidatura a la alcaldía.

De ganar Renovación Popular las elecciones del 4 de octubre, López Aliaga podría volver a ocupar la alcaldía de Lima por un periodo consecutivo. Dos ciudadanos solicitaron que su candidatura fuera excluida alegando que se configuraba una reelección encubierta similar a la observada en Morropón.

Sin embargo, el JEE de Lima Centro decidió mantener a López Aliaga en carrera. El organismo electoral consideró que el pedido presentado correspondía, en la práctica, a una tacha presentada fuera del plazo establecido. La candidatura había sido admitida el 26 de julio y el pedido se presentó el 21 de agosto.

JNE evita adelantar una posición

El presidente del JNE, Roberto Burneo, evitó pronunciarse sobre el fondo de la controversia. Señaló que hacerlo podría significar adelantar opinión, debido a que eventualmente el caso podría llegar al máximo organismo electoral mediante una apelación.

La diferencia entre las resoluciones de Morropón y Lima Centro ha generado cuestionamientos entre especialistas en Derecho Constitucional y Electoral. Algunos abogados consideran que el JNE debería establecer un criterio general para evitar que casos similares sean resueltos de manera distinta por los Jurados Electorales Especiales.

La polémica deja así una pregunta abierta de cara a las elecciones: ¿debe prevalecer el análisis formal de los procedimientos electorales o debe evaluarse también el resultado que una determinada estrategia podría generar frente a la prohibición constitucional de reelección inmediata?