
La defensa del expresidente Ollanta Humala solicitó formalmente al Poder Judicial la ejecución inmediata de la sentencia emitida por el Tribunal Constitucional (TC), que anuló el proceso penal por lavado de activos y dejó sin efecto la condena de 15 años de prisión impuesta en su contra. Los abogados del exmandatario esperan que la orden de libertad se concrete este mismo viernes.
Defensa presentó escritos ante el Poder Judicial
El abogado Edinson Huamán informó que presentó un escrito ante la Segunda Sala Penal Nacional de Apelaciones para comunicar la decisión del Tribunal Constitucional y solicitar que se oficie de inmediato al Instituto Nacional Penitenciario (INPE), con el fin de disponer la excarcelación de Humala del penal de Barbadillo.
Huamán sostuvo que el fallo del máximo intérprete de la Constitución acredita la vulneración de los derechos fundamentales de su patrocinado y cuestionó que el expresidente continúe privado de su libertad pese a la decisión del TC.

También solicitan la nulidad de la sentencia
El abogado Wilfredo Pedraza informó que también presentó un recurso para solicitar la nulidad de la sentencia condenatoria y de todas las resoluciones emitidas durante el proceso. Además, consideró que la prioridad es que el Poder Judicial ordene la libertad inmediata de Humala, quien permanece en prisión desde hace más de 15 meses.
Según la defensa, la permanencia del expresidente en el penal carecería de sustento luego de que el Tribunal Constitucional concluyera que el hecho por el que fue condenado no constituía delito al momento de su comisión.

¿Qué resolvió el Tribunal Constitucional?
El Tribunal Constitucional dejó sin efecto la condena al determinar que el proceso vulneró los principios de legalidad y tipicidad. La sentencia, aprobada por cinco votos contra dos y publicada el 30 de julio, concluyó que la conducta atribuida a Humala no estaba tipificada como lavado de activos cuando ocurrieron los hechos investigados.

El TC señaló que la figura de receptación patrimonial, utilizada para sustentar parte de la acusación, recién fue incorporada al ordenamiento jurídico peruano en noviembre de 2016 mediante el Decreto Legislativo 1249.
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Por ello, consideró que aplicar esa norma a hechos ocurridos años antes representó una aplicación retroactiva de la ley penal, prohibida por la Constitución. Ahora será el Poder Judicial el encargado de ejecutar el fallo y resolver el pedido de libertad presentado por la defensa del expresidente.

















































