Bancos se oponen a ley que controla los intereses usureros

Es decir, no quieren que el Estado regule porque esa regulación controla sus exageradas ganancias, pero si aceptan que se regule, cuando los prestamistas informales cobran tasas usureras, para las que hay penas de cárcel.

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Bancos se oponen a ley que controla los intereses usureros

Como siempre, los bancos no quieren ningún control, para seguir cobrando lo que les da la gana y por ello se oponen a la ley que protege de la usura a los usuarios de servicios en el sistema financiero nacional y pese a que el dictamen aprobado en el Congreso de la República, es el resultado de seis proyectos de ley presentados por distintos grupos parlamentarios que representan a millones de peruanos.

Las diferentes propuestas legislativas tratan de resolver el excesivo costo del crédito en el Perú por parte de bancos y financieras que cobran tasas de interés usureras que llegan a un costo efectivo anual de 121.76% (TCEA) en consumos con tarjetas de crédito, mientras que al ahorrista le pagan una tasa de rendimiento efectivo anual (TREA) de apenas 1.35%. Por ejemplo, si un ahorrista deposita S/ 5 mil durante 360 días, solo recibe S/ 67 por intereses, pero si recibe esos mismos S/ 5 mil como un crédito de consumo, además de devolver el dinero recibido, debe pagar otros S/ 6,050 solo en intereses, con lo cual paga en total S/ 11,050.

En defensa de sus intereses, los bancos y los medios de comunicación a su servicio, argumentan que el control de las tasas de interés que cobran por parte del Banco Central de Reserva (BCRP) y la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) sería un control de precios cuando dan un crédito y promovería la usura de los prestamistas informales. Es decir, no quieren que el Estado regule porque esa regulación controla sus exageradas ganancias, pero si aceptan que se regule, cuando los prestamistas informales cobran tasas usureras, para las que hay penas de cárcel.

Para acceder a un préstamo, en el Perú hay dos modalidades; una para los que realizan operaciones de crédito informalmente y que, según normas vigentes, sí deben aplicar los límites que fija el BCRP para sus tasas de interés, de lo contrario pueden ser procesados penalmente; en cambio en las operaciones de crédito que se realizan dentro del sistema financiero, las tasas de interés están sujetas a la “libre competencia”; es decir, pueden cobrar lo que les viene en gana.

Esto ocurre en el país, pese a que las leyes 2612324 y Nº 2670225 señalan que el BCRP puede ejercer la facultad de fijar las tasas de intereses mínimos y máximos para corregir distorsiones en el mercado financiero y evitar la usura en contra de los consumidores o usuarios; lo que nunca ha realizado, salvo para el caso de los intereses que cobran los prestamistas informales.

El proyecto de ley aprobado favorablemente en la Comisión de Defensa del Consumidor del Congreso y aún sin debatir en la Comisión de Economía, beneficiaría a 3.7 millones de peruanos que tienen créditos de consumo, además a los poseedores de 6 millones de tarjetas de crédito, muchos de las cuales, como consecuencia de la crisis originada por el COVID-19, se encuentran en situación de morosidad y reportados a las centrales de riesgo.

Esta iniciativa no atenta contra la economía de mercado, sino que más bien, permite una justa regulación que evite distorsiones en el mercado de créditos de consumo y en el cobro de tarifas, tasas, comisiones y otros componentes que las entidades financieras incluyen, como costos que encarecen los créditos de consumo ordinario, de tarjetas de crédito, de disponibilidad de efectivo o para compra en almacenes y supermercados; además de préstamos revolventes y no revolventes; préstamos personales de libre disponibilidad y préstamos comerciales para la adquisición de bienes y servicios, o créditos personales y a MYPES.

Los peruanos tienen que saber que en países como Colombia o Chile cuya economía es libre, sí existen controles y normas regulatorias para los créditos de consumo. En Colombia, es la Superintendencia Financiera de Colombia quien certifica que no hayan tasas de usura para créditos de consumo y ordinarios, los microcréditos y los créditos de bajo monto; mientras que en Chile, el 2011 se aprobó una ley propuesta por el Presidente Sebastián Piñera, para que los interés por créditos de consumo y similares, bajen de 51% a 36% anual aproximadamente.

Si se hizo en esos países ¿Por qué no puede hacerse en el Perú? ¿Es populismo?